La orden de alejamiento

Orden de alejamiento

Resulta frecuente leer en las noticias que el juez ha impuesto una orden de alejamiento ¿Qué es una orden de alejamiento? ¿Qué circunstancias han de concurrir para que un tribunal pueda acordarla? ¿Cuál es su extensión temporal?  ¿Qué alcance prohibitivo tiene?

¿Qué es una orden de alejamiento?

La orden de alejamiento es una pena de las denominadas privativas de derechos prevista en el artículo 39 f), g) y h) del Código Penal. Se trata de una pena accesoria,  lo que implica que se impone como complemento a otra pena de carácter principal y es compatible con otras también accesorias.

La orden de alejamiento no solo es una pena, también es una medida cautelar.  En ocasiones resulta conveniente para proteger a la víctima del delito adoptar determinadas medidas restrictivas de derechos, sin que todavía haya recaído sentencia.

Por lo tanto, tenemos a la orden de alejamiento como pena accesoria que se impone en sentencia al finalizar el procedimiento penal y también como medida cautelar (provisional) que se le impone al investigado mientras pervive el procedimiento.

¿En qué supuestos puede acordarse una orden de alejamiento como pena accesoria?

La orden de alejamiento solamente puede acordarse en determinados supuestos.  Los tipos delictivos que permiten el eventual dictado de una orden de alejamiento son: homicidio, aborto, lesiones, contra la libertad, torturas y contra la integridad moral, trata de seres humanos, contra la libertad e indemnidad sexuales, la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio, el honor, el patrimonio y el orden socioeconómico.

¿Cuánto tiempo dura la orden de alejamiento?

En casos de delitos graves la orden de alejamiento no podrá exceder de los 10 años de duración.

Si el delito fuera menos grave la duración máxima de la orden de alejamiento no puede exceder de los 5 años.

Cuando los delitos sean leves (antiguas faltas) la vigencia de la orden tendrá una duración máxima de 6 meses.

¿Cuál es el contenido o alcance  prohibitivo de la orden de alejamiento?

El primero es el espacial y contempla la privación del  derecho a residir en determinados lugares o acudir a ellos. Puede tratarse del lugar donde se cometió el delito o donde vive la víctima o la familia de ésta.

La orden de alejamiento restringe la posibilidad de aproximarse a la víctima o familiares allí donde se encuentren (domicilio, lugar de trabajo, etc). En estos supuestos la orden de alejamiento contempla la distancia mínima a la que el afectado por la orden puede estar en relación con la persona protegida.

También puede contemplar La prohibición de comunicarse con la víctima o sus familiares por cualquier medio. Por ejemplo: teléfono,  medio informático o telemático ( WhasApp, SMS, e-mail ),  contacto escrito, verbal o visual.

En este otro artículo hablamos de qué pasa cuando se quebranta una orden de alejamiento.

Carlos Gracián Fajarnés