Deducción de los gastos de la vivienda para los autónomos que trabajan en casa

La deducción de gastos de la vivienda de los autónomos.

Los gastos de luz, agua, gas y teléfono, deducibles según el Tribunal de Justicia de la Comunidad de Madrid

 

La Sentencia de fecha 10 de marzo de 2015 del Tribunal de Justicia de la Comunidad de Madrid contradice el criterio seguido por Hacienda, sobre cuáles son los gastos que puede deducirse un autónomo que trabaja en su domicilio. Concretamente, la Dirección General de Tributos estableció que los autónomos que trabajan en su vivienda pueden deducirse los gastos derivados de la titularidad de la misma, proporcionalmente al espacio de la vivienda destinada al trabajo (como por ejemplo, el IBI, la hipoteca, la cuota comunitaria o la tasa de basuras).

Ahora bien, no se admite por parte de la Agencia Tributaria aplicar dicha deducción proporcional a los gastos de los suministros de la vivienda, salvo cuando su consumo está vinculado exclusivamente a la labor profesional. La referida Sentencia, en cambio, da un paso más, entendiendo el Juez que los suministros resultan deducibles, estén vinculados o no exclusivamente a la labor profesional del autónomo. A grandes rasgos, los argumentos del Juzgador son:

  • la legislación señala que “la afectación parcial de la vivienda a la actividad económica”.
  • «los suministros, si bien no se han empleado de forma exclusiva en la actividad, tampoco se han deducido totalmente, sino en la parte proporcional, careciendo de toda lógica no admitir la deducción de gastos de la vivienda a una persona que trabaja en casa, pues esa decisión no tiene en cuenta el espíritu de las normas».
  • «no es lógico negar la deducción de aquellos suministros sin los cuales no es factible realizar el trabajo».

Dicha Sentencia del Tribunal de Justicia de la Comunidad de Madrid, no sienta jurisprudencia, y por tanto, dicho criterio no resulta de obligado cumplimiento por la Agencia Tributaria; ahora bien, sí de algún modo abre las puertas a futuras reclamaciones por parte de los autónomos que se encuentran en esta situación, a fin que también se deduzcan los gastos de luz, agua, gas y teléfono.

 

María Ferré